Scroll to top
©2024, VOLAIR®, Fotografía y Vídeo Aéreo · Operadora de Drones en Galicia

Ley 18/2014 que regula el uso de drones en España.

IMPORTANTE: ARTÍCULO DESACTUALIZADO, NUEVA LEY DRONES R.D. 517/2024

El uso de drones en España está regulado por la «Ley 18/2014, Aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia». Ésta es la normativa aplicable mientras no exista un régimen jurídico definitivo aplicable a los RPAS, el cual se espera que sea aprobado a lo largo de este 2016.

Esta Ley establece que se podrán realizar actividades aéreas de trabajos técnicos o científicos durante el día y en condiciones meteorológicas óptimas.

A continuación te explicamos los principales puntos de esta normativa, eso te ayudará a saber si podemos realizar el proyecto que necesitas.

¿Dónde podemos realizar estos trabajos?

El Real Decreto vigente establece claramente que solo podremos operar en zonas fuera de aglomeraciones urbanas, es decir, fuera de casco urbano contemplado como tal por el ayuntamiento. No podremos operar encima de lugares habitados ni sobre reuniones de personas al aire libre (por reunión entendemos dos personas). Todas estas actividades se podrán hacer únicamente en espacio aéreo no controlado.

Limitaciones legales

Esta Ley «provisional» contempla una serie de limitaciones que todos los operadores de RPAS hemos de cumplir y que son las que puedes leer a continuación:

[rd_lists_ctn][rd_list i_color=»#c2d3cd» icon=»fa-check-square»]La máxima altura de vuelo serán 120m o 400ft desde el nivel del suelo.[/rd_list][rd_list i_color=»#c2d3cd» icon=»fa-check-square»]Solo se podrá de día, quedando prohibido el vuelo nocturno.[/rd_list][rd_list i_color=»#c2d3cd» icon=»fa-check-square»]Prohíbido volar en espacio aéreo restringido.[/rd_list][rd_list i_color=»#c2d3cd» icon=»fa-minus-square»]Prohíbido volar a menos de 8 o 15 kilómetros de un aeropuerto según tenga aproximación instrumental o no.[/rd_list][rd_list i_color=»#c2d3cd» icon=»fa-check-square»]Que el RPA no pese más de 25kg al despegue.[/rd_list][/rd_lists_ctn]

Obligaciones operador.

Como operadores de RPAS que somos, la Ley nos obliga a cumplir una serie de requisitos que te explicamos a continuación:

[rd_lists_ctn][rd_list i_color=»#c2d3cd» icon=»fa-check-square»]Que el RPA esté operado por pilotos con sus certificaciones correspondientes según establece esta misma Ley con sus respectivas certificaciones médicas en vigor.[/rd_list][rd_list i_color=»#c2d3cd» icon=»fa-check-square»]Que dicha aeronave (RPA) este perfectamente identificada con una placa donde remita al operador dueño de la misma.[/rd_list][rd_list i_color=»#c2d3cd» icon=»fa-check-square»]Contar con una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución del vuelo.[/rd_list][rd_list i_color=»#c2d3cd» icon=»fa-minus-square»]Garantizar medidas necesarias para la seguridad de la operación y la protección de personas y bienes.[/rd_list][/rd_lists_ctn]

Resumiendo, esta es la Ley vigente para uso de RPAS en España, la cual esperamos que puedan mejorar a lo largo de este año para ofrecer buenos servicios sin perder, sino aumentar, la seguridad de nuestros trabajos.

Posts relacionados